abril 15, 2026
3f447eb1ce5d473f871963b13c5bace5

Ciudad De México, 14 de abril de 2026.- Ignacio Mier Velazco, líder de Morena en el Senado, descartó que se promulguen leyes secundarias del Plan B electoral en los 16 días que restan del periodo de sesiones ordinarias. El legislador afirmó que la aplicación de la reforma, junto con el ahorro de recursos en congresos estatales, ayuntamientos y la integración de cabildos, puede avanzar sin necesidad de nueva legislación.

“Las leyes secundarias, muchas de ellas, en mi opinión personal, tienen que ver ya con atribuciones que tiene el propio Instituto Nacional Electoral”, señaló Mier Velazco. Respecto a la normatividad, agregó: “Ejemplo: al ajustarse ellos a la disposición constitucional y a la ley secundaria en materia de remuneraciones, no requerimos una ley secundaria o alguna ley que reglamente lo que está establecido en la Reforma Constitucional”.

Paralelamente, la entrada en vigencia del Plan B electoral ha puesto en vilo el contrato vigente entre el Instituto Nacional Electoral (INE) y Seguros Atlas por Gastos Médicos Mayores. La reforma estableció en la Constitución la prohibición a los organismos electorales de contratar con dinero público seguros de gastos médicos privados.

Para el INE, estos seguros representan un gasto de 335 millones de pesos entre 2026 y 2027. El contrato actual podría volverse violatorio de las nuevas reglas de inmediato, dado que no hubo artículos transitorios que dieran directriz sobre qué sucedería con este tipo de instrumentos vigentes. No obstante, el cuarto transitorio de la reforma indica que el INE revisará y adecuará sus disposiciones normativas, administrativas y presupuestarias para garantizar el cumplimiento del decreto.

Existe una cláusula en el contrato que permite al INE cancelarlo por falta de presupuesto o por cuestiones legales, como la entrada en vigor del Plan B. Aunque este año existe suficiencia presupuestal para el pago del seguro, su cancelación, en caso de darse, sería derivada de la nueva normativa. El texto de la licitación establece que la erogación para los ejercicios fiscales 2025, 2026 y 2027 “estará sujeto a la disponibilidad presupuestal que apruebe la Cámara de Diputados y el presupuesto que apruebe el Consejo General del Instituto”.

El fallo de la licitación detalla además que los efectos del contrato “estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes, cualquier pacto en contrario se considerará nulo”.

About The Author

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *