junio 15, 2026

Ciudad De México, 04 de junio de 2026.- El acuerdo comercial T-MEC no obliga a las plataformas tecnológicas a someterse a la jurisdicción local, dejando a los usuarios sin acceso real a la justicia en casos de violencia digital.

La advertencia fue realizada por integrantes de la Red Latinoamericana de Defensoras Digitales, Tlatelolco Lab del Programa Universitario de Estudios sobre Democracia, Justicia y Sociedad (Puedjs) de la UNAM, y la Barra Mexicana Colegio de Abogados.

Dardo Neubauer, investigador del programa universitario, recalcó que los artículos 19.12, 19.16 y 19.17 del T-MEC, como están actualmente, “bloquean la posibilidad de que una víctima de violencia digital en México pueda obtener justicia efectiva”.

Se indicó que el artículo 19.17 del T-MEC deslinda a las plataformas de responsabilidad por contenidos, incluyendo los que sus propios algoritmos amplifican. Por ello, se señaló que el Capítulo 19 del T-MEC no debe renegociarse sin modificaciones.

El objetivo del acto fue impulsar una propuesta concreta de reforma al Capítulo 19 del T-MEC sobre Comercio Digital, desde una perspectiva de derechos humanos y justicia digital. El acto reunió a instituciones públicas y privadas, organismos internacionales, academia, sociedad civil, representantes de embajadas de Estados Unidos y Canadá, así como sobrevivientes de violencia digital.

Marcela Hernández Oropa, fundadora de la Red Latinoamericana de Defensoras Digitales, precisó que “en México nadie está poniendo atención en el tema de comercio digital”.

En México 19 millones de mujeres de entre 18 y 30 años han sido víctimas de acoso en Internet, según datos del Módulo sobre Ciberacoso del Inegi. Casi 3 millones de niñas, niños y adolescentes de 12 a 17 años han denunciado violencia digital.

Además, 760 mil niñas, niños y adolescentes han recibido contenido agresivo o inapropiado en plataformas. Integrantes de las organizaciones alertaron que “esa impunidad quedará sellada con vigencia renovada, las empresas deben respetar las normas de orden público de los países donde hacen negocio”.

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