abril 18, 2026

Ciudad De México, 14 de abril de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este martes, por seis votos contra tres, que la Unidad de Medida y Actualización (UMA) debe prevalecer como criterio para cuantificar las indemnizaciones civiles por muerte o incapacidad, desplazando al salario mínimo como base de cálculo.

La mayoría de los ministros votaron a favor del proyecto presentado por la ministra Lenia Batres, quien estableció que utilizar la UMA no implica un menoscabo al derecho a la justa indemnización. “Además de que se atiende a la naturaleza de su carácter civil, en el entendido de que su fin último es reparar un daño patrimonial y no una cuestión de carácter laboral”, señaló la ministra en su proyecto.

A favor de fijar a la UMA como criterio único votaron Hugo Aguilar, Lenia Batres, Sara Herrerías, Estela Ríos, Giovanni Figueroa y Arístides Guerrero. Por el contrario, las ministras Loretta Ortiz y Yasmin Esquivel, junto con el ministro Irving Espinosa, votaron en contra de que existiera una contradicción de criterios, argumentando que las diferencias normativas analizadas por cada sala derivaban de elementos diversos para efectuar el cálculo.

La ministra María Estela Ríos afirmó estar a favor de resolver la contradicción de criterios 59/2025, al considerar que subyace una misma cuestión jurídica sobre el parámetro válido conforme al artículo 1915 del Código Civil para el Distrito Federal. Por su parte, la ministra Loretta Ortiz declaró no compartir el apartado de existencia, al considerar que el aparente punto de choque deriva de las diferencias normativas que cada Sala analizó.

Esta resolución tiene implicaciones inmediatas en los montos de las reparaciones. De acuerdo con la información disponible, mientras que bajo el criterio de salarios mínimos el pago por indemnización por muerte podía ascender a más de 1.5 millones de pesos, con la aplicación de la UMA como techo, el monto ahora no podrá rebasar los 585 mil pesos.

El proyecto de la ministra Batres hizo referencia a un “mandato constitucional” para justificar la postura. Cabe destacar que esta contradicción de criterios había sido pospuesta hasta en tres ocasiones por el pleno de la Corte. En noviembre pasado, la presidenta Claudia Sheinbaum cuestionó el proyecto, señalando que los ministros no legislan, sino que generan jurisprudencia.

La ministra Batres planteó que la extinta Segunda Sala asumió como base para calcular la indemnización la UMA, mientras que la Primera Sala sostuvo que debía utilizarse el salario mínimo para la determinación, discrepancia que este martes fue dirimida por la mayoría del pleno.

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