Ciudad De México, 25 de marzo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la reforma que reserva exclusivamente al Estado mexicano la exploración y explotación del litio. El pleno del alto tribunal resolvió la acción de inconstitucionalidad 78/2022, promovida por una minoría de senadores de oposición, validando los artículos 1, 5 bis y 10 de la Ley Minera modificada en 2022.
La ponente del proyecto, la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, condujo el análisis que derivó en la conclusión de que la norma no requiere de una consulta previa a pueblos indígenas y afroamexicanos. La Corte determinó que se trata de una disposición de carácter general que no genera un impacto directo e inmediato sobre estas comunidades, por lo que no se activó la obligación consultiva.
Con esta resolución, se ratifica el marco jurídico que establece al litio como un recurso estratégico bajo control nacional, cerrando la vía legal para que particulares participen en su extracción. La decisión consolida la postura del Ejecutivo federal plasmada en la legislación minera hace cuatro años.
La acción de inconstitucionalidad fue el mecanismo utilizado por los legisladores disidentes para cuestionar la validez de los artículos reformados. Sin embargo, el voto mayoritario del pleno desestimó los argumentos de invalidez presentados en la demanda, manteniendo intacta la reserva estatal establecida en el texto legal vigente.
El fallo de la SCJN pone fin a la controversia jurídica iniciada en 2022 y define el panorama regulatorio para el sector energético y minero en el país. La constitucionalidad de la norma permite al gobierno continuar con la planeación y ejecución de proyectos relacionados con el mineral sin la interferencia de actores privados en la cadena de explotación.